El uso de suelo en el Distrito Federal se encuentra regulado por la Ley de Desarrollo Urbano (LDUDF), el reglamento de la LDUDF así como el Programa General de Desarrollo Urbano
De las disposiciones antes señaladas se desprenden los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano (PDDU), los Programas Parciales y las normas de ordenación tanto generales como particulares, los PDDU establecen las condiciones de ordenación territorial basados en el Programa General de Desarrollo Urbano entre otras cosas establecen los usos de suelo permitidos en cada una de las zonas, la mayoría de los PDDU datan de 1997 y a la fecha solo han sido actualizados los de Venustiano Carranza (2004), Magdalena Contreras (2004), Benito Juárez (2005) y Xochimilco (2005).
Según el artículo 25 de la LDUDF los PDDU deben revisarse por lo menos cada 3 años, por lo que la mayoría de los programas violan dicho precepto lo que los hace vigentes pero obsoletos ya que no corresponden con las condiciones actuales de algunas zonas.
A fin de combatir ese rezago la SEDUVI ya envió a la Asamblea Legislativa, seis PDDU para su aprobación (Miguel Hidalgo, Azcapotzalco, Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Iztacalco y Tlalpan) con la aprobación de estos PDDU prácticamente queda sin efecto el Bando 2 y actualmente se encuentra en la etapa de consulta ciudadana el proyecto de PDDU de la delegación Cuajimalpa, están pendientes las demás delegaciones.
Su casa o su negocio tiene un uso de suelo autorizado el cual se expresa con letras y numeros un ejemplo es el uso de suelo de la Colonia Guadalupe Inn, H 2/60/300 (Tipo de suelo/numero de niveles/Porcentaje de Área Libre/Área de Vivienda mínima en su caso) la traducción en el caso de la Colonia Guadalupe Inn es Uso de suelo Habitacional con 2 niveles máximo, 60% de Área Libre y 300 metros cuadrados mínimos de Área de Vivienda.
Los distintos tipos de suelo son H Habitacional, HC Habitacional con comercio, HO Habitacional con oficinas, HM Habitacional mixto, CB Centro de Barrio, E Equipamiento, I Industria, EA Espacio Abierto, AV Área verde de valor ambiental, RE Rescate ecológico, PRA Producción rural agroindustrial, PE Preservación Ecológica, HRB Habitacional Rural de baja densidad, HR Habitacional rural, HRC Habitacional rural con comercios y servicios, ER Equipamiento rural.
Si usted necesita cambiar el uso de suelo de alguna propiedad el primer paso es averiguar los usos de suelo permitidos, una vez hecho esto verificar si alguno de los usos de suelo permitidos en la zona es el que usted necesita y en su caso solicitar el cambio de uso de suelo (Art. 74 LDUDF), si ninguno de los usos de suelo permitidos es el que usted necesita la opción seria solicitar la modificación al PDDU exclusivamente por cuanto hace a su predio (Art. 26 LDUDF) y otra opción es por la vía del amparo, los requisitos y características de cada uno estos tramites varia dependiendo de lo que usted requiera, existen otras opciones como la trasferencia de potencialidades y la aplicación de las normas de ordenamiento..
El uso de suelo es una característica muy importante de las propiedades ya que con en ocasiones con un cambio de uso de suelo el valor de la propiedad puede aumentar de manera considerable.
Es importante señalar que el cambio de uso de suelo no solo depende de lo que el uso de suelo de la zona lo permita o lo que usted desee lograr con el cambio de uso de suelo, ya que deben de tomarse en cuenta muchos factores para determinar si el proyecto que tiene en mente es factible ya que puede ocurrir que logre el cambio de uso de suelo pero que su proyecto no se pueda ejecutar.
Ahora que si lo que usted esta en el punto opuesto de la moneda y lo que requiere es denunciar una propiedad que tiene un giro que no corresponde al uso de suelo permitido o una construcción con un numero de niveles mayores que el permitido, o que sospecha que su cambio de uso de suelo fue irregular usted puede presentar su queja en la delegación política que corresponda o en la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial PAOT.
De las disposiciones antes señaladas se desprenden los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano (PDDU), los Programas Parciales y las normas de ordenación tanto generales como particulares, los PDDU establecen las condiciones de ordenación territorial basados en el Programa General de Desarrollo Urbano entre otras cosas establecen los usos de suelo permitidos en cada una de las zonas, la mayoría de los PDDU datan de 1997 y a la fecha solo han sido actualizados los de Venustiano Carranza (2004), Magdalena Contreras (2004), Benito Juárez (2005) y Xochimilco (2005).
Según el artículo 25 de la LDUDF los PDDU deben revisarse por lo menos cada 3 años, por lo que la mayoría de los programas violan dicho precepto lo que los hace vigentes pero obsoletos ya que no corresponden con las condiciones actuales de algunas zonas.
A fin de combatir ese rezago la SEDUVI ya envió a la Asamblea Legislativa, seis PDDU para su aprobación (Miguel Hidalgo, Azcapotzalco, Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Iztacalco y Tlalpan) con la aprobación de estos PDDU prácticamente queda sin efecto el Bando 2 y actualmente se encuentra en la etapa de consulta ciudadana el proyecto de PDDU de la delegación Cuajimalpa, están pendientes las demás delegaciones.
Su casa o su negocio tiene un uso de suelo autorizado el cual se expresa con letras y numeros un ejemplo es el uso de suelo de la Colonia Guadalupe Inn, H 2/60/300 (Tipo de suelo/numero de niveles/Porcentaje de Área Libre/Área de Vivienda mínima en su caso) la traducción en el caso de la Colonia Guadalupe Inn es Uso de suelo Habitacional con 2 niveles máximo, 60% de Área Libre y 300 metros cuadrados mínimos de Área de Vivienda.
Los distintos tipos de suelo son H Habitacional, HC Habitacional con comercio, HO Habitacional con oficinas, HM Habitacional mixto, CB Centro de Barrio, E Equipamiento, I Industria, EA Espacio Abierto, AV Área verde de valor ambiental, RE Rescate ecológico, PRA Producción rural agroindustrial, PE Preservación Ecológica, HRB Habitacional Rural de baja densidad, HR Habitacional rural, HRC Habitacional rural con comercios y servicios, ER Equipamiento rural.
Si usted necesita cambiar el uso de suelo de alguna propiedad el primer paso es averiguar los usos de suelo permitidos, una vez hecho esto verificar si alguno de los usos de suelo permitidos en la zona es el que usted necesita y en su caso solicitar el cambio de uso de suelo (Art. 74 LDUDF), si ninguno de los usos de suelo permitidos es el que usted necesita la opción seria solicitar la modificación al PDDU exclusivamente por cuanto hace a su predio (Art. 26 LDUDF) y otra opción es por la vía del amparo, los requisitos y características de cada uno estos tramites varia dependiendo de lo que usted requiera, existen otras opciones como la trasferencia de potencialidades y la aplicación de las normas de ordenamiento..
El uso de suelo es una característica muy importante de las propiedades ya que con en ocasiones con un cambio de uso de suelo el valor de la propiedad puede aumentar de manera considerable.
Es importante señalar que el cambio de uso de suelo no solo depende de lo que el uso de suelo de la zona lo permita o lo que usted desee lograr con el cambio de uso de suelo, ya que deben de tomarse en cuenta muchos factores para determinar si el proyecto que tiene en mente es factible ya que puede ocurrir que logre el cambio de uso de suelo pero que su proyecto no se pueda ejecutar.
Ahora que si lo que usted esta en el punto opuesto de la moneda y lo que requiere es denunciar una propiedad que tiene un giro que no corresponde al uso de suelo permitido o una construcción con un numero de niveles mayores que el permitido, o que sospecha que su cambio de uso de suelo fue irregular usted puede presentar su queja en la delegación política que corresponda o en la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial PAOT.
JCMC